El derecho a la lucha no violenta


Mucho se ha hablado acerca de la idea de “resistencia civil”, sin que a ciencia cierta se sepa el alcance de su significación, aunque haya consenso sobre su carácter de derecho humano.

Cuando un pueblo se organiza creando un Estado, acepta someterse a las autoridades de manera condicionada, es decir, la legitimidad del poder existe sólo si los gobernantes actúan con plena sujeción a la constitución, dentro del ámbito  de un verdadero estado social y democrático de derecho, y se dedican con exclusividad a la mejora continua de las condiciones de vida de las personas.

En los casos en los que las autoridades olvidan lo anterior y se divorcian de las limitaciones jurídico filosóficas del ejercicio del poder, como tantas veces ha ocurrido en el mundo, la sociedad civil reivindica el respeto de los derechos humanos, en estos casos desde el mismos derechos a  la paz, a través de medios ineluctablemente no armados, sean de naturaleza política, económica, jurídica, mediática (fundamentalmente por medio de internet)  o de otra índole, cuyo objetivo es el derrocamiento del poder tiránico, autocrático o totalitario, instaurado en detrimento del mandato constitucional, de modo de restablecer el imperio de la carta fundamental, el respeto de la voluntad popular y el goce de las libertades individuales y colectivas.

Esto ocurrió, por ejemplo, en la vieja Europa comunista, con la toma masiva de las calles por parte de las personas, liderizadas por el movimiento Solidaridad, que dirigía Lesh Wallesa; también en Filipinas, en 1986, se pudo observar el movimiento de masas, que sin importarles estar amenazadoramente rodeadas de tanques de guerra, protestaron contra el Presidente Marcos; y, entre tantos otros sucesos mundiales, en  las muy recientes manifestaciones en Túnez y en Egipto; por supuesto, sin olvidar  la lucha popular pacifista por la que Gandhi logró la independencia de la India, del Imperio Británico.

En los supuestos citados el pueblo triunfó. Y en muchos otros, lamentablemente, aunque sin perder su esencia libertaria, la correlación de fuerzas favoreció al régimen opresor, como se pudo apreciar en las huelgas de la antigua Alemania del Este o en la Primavera de Praga, cuando los tanques de guerra soviéticos aplastaron las esperanzas alemanas y checoeslovacas, en los años 50 y 60;  con el asesinato del líder de los derechos civiles Martin Luther King, en los Estados Unidos de América, en los años 60; igualmente, en la masacre de la Plaza de Tiananmen, cuando el gobierno chino asesinó decenas de estudiantes en el año 1989; también en la represión a los georgianos, a manos de los nuevos rusos en el año 2003; y hasta con lo que pasa en la actualidad en Siria.

En todos estos casos, el denominador común es un pueblo que, con independencia del color del régimen opresor, y de sus propios orígenes culturales, lucha pacíficamente por la libertad.

Este derecho humano a la resistencia civil ha venido siendo muy seriamente estudiado y reconducido a la idea, más amplia, de derecho a la desobediencia civil, como se puede observar de los trabajos emprendidos pro filósofos políticos de la envergadura de Hannah Arendt, John Rawls y Jürgen Habermas, siendo de particular importancia resaltar que la nueva filosofía política presupone la posibilidad del ejercicio de este derecho por la sociedad civil, incluso en presencia de un régimen de origen democrático, en la medida en que los gobernantes se separen de su compromiso de total apego al derecho, y especialmente a la Constitución, cuyo artículo 350 expresa:

“El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos”.

Ahora bien, debe ponerse de relieve que este asunto de la lucha pacifista, materializada en la resistencia y la desobediencia civiles, que mundialmente desde los años 80 se viene denominando “people power” (“poder popular”), ha escapado de los linderos de la poesía y de la fantasía, para convertirse en un instrumento eficaz de lucha contra la opresión, existiendo en la actualidad métodos que responden a estrategias serias y factibles de la lucha no violenta.

En este orden de ideas, conviene citar el manual “From Dictatorship to Democracy” (Gene Sharp), cuyo autor, reputado como el gran teórico de las revoluciones pacíficas, aconseja a los pueblos que desean desembarazarse de las dictaduras. Según este autor para que una lucha no violenta sea eficaz, la misma debe responder a una planificación estratégica y no a la mera espontaneidad.

Por último, atendiendo al principio contenido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, según el cual todos nacemos libres e iguales, y percatándonos de que la historia muestra que la resistencia civil no siempre conduce al establecimiento de una verdadera democracia, es necesario que las personas sean lo suficientemente advertidas al respecto, de manera de evitar las desviaciones conscientes o inconscientes de algunos líderes.

La libertad debe ser protegida en todo instante, desde su imaginación, pasando por su concepción y hasta su pleno disfrute, constantemente y en sana crítica evaluado.